Medio Libre y Penas Limitativas:
Presentación
El Instituto Nacional Penitenciario enfrenta cada día nuevos retos, le exigen competitividad, capacidad de gestión estratégica, conocimiento y aprovechamiento racional eficiente de los recursos que se le asigna para orientar esfuerzos al cumplimiento a lo fijado en el Art. 139º incisos 21 y 22 de la Constitución Política del Perú y lo dispuesto en el Código de Ejecución Penal, Decreto Legislativo Nº 654 en el cual se establece que la misión institucional es la reeducación, rehabilitación y reincorporación del penado a la sociedad.
En la actualidad, el Instituto Nacional Penitenciario como Sistema Penitenciario, ha orientado sus esfuerzos a conseguir que la labor de trabajo, educación, asistencia legal, social, salud, psicológica y religiosa que se viene realizando en los Establecimientos Penitenciarios como parte del tratamiento del interno, liberado y sentenciados a penas limitativas de derechos sea cada día mas eficiente y eficaz.
En tal sentido La Oficina de Tratamiento en el Medio Libre y Penas Limitativas de Derecho, según el Reglamento de Organización y Funciones aprobado con RM Nº 040-2001-JUS es el Organo encargado de normar, supervisar y evaluar la ejecución de los beneficios penitenciarios de semi-libertad, liberación condicional y la asistencia post penitenciaria, así como las penas limitativas de derechos.
La Oficina de Tratamiento en el Medio Libre y Penas Limitativas de Derecho viene trabajando arduamente y pone a disposición la siguiente información para el público en general.
Misión
La Oficina de Tratamiento en el Medio Libre y Penas Limitativas de Derecho tiene la misión de apoyar al liberado para su reincorporación a la sociedad con acciones que complementan el tratamiento penitenciario que se inicia en los Establecimientos Penitenciarios, así como el de brindar el tratamiento adecuado a los sentenciados a penas limitativas de derechos a fin de que cumplan la sentencia impuesta por la Autoridad Judicial.
Visión
Ser una oficina eficiente y eficaz en el tratamiento al liberado y sentenciado a penas limitativas de derechos para lograr su rehabilitación y reincorporación plena a la sociedad, con participación de los profesionales y técnicos de nuestra institución, así como con el apoyo de instituciones públicas y privadas.
Diagnóstico
En la actualidad se cuenta con 71 unidades orgánicas de Medio Libre, en 32 de las cuales se ejecutan las Penas Limitativas de Derechos. Dichas unidades orgánicas están distribuidas a nivel nacional donde se brinda atención a 12560 y 1569 sentenciados a penas limitativas de derechos (datos de Dic. 2003 y Enero 2004 respectivamente).
Objetico General
- Mejorar los procesos técnicos de los sistemas administrativos en los órganos operativos de Asistencia Post penitenciaria y Penas Limitativas de Derecho que permita una optima rehabilitación del liberado y sentenciado.
- Promover que los liberados no retornen a un Establecimiento Penitenciario por la comisión de un nuevo delito.
- Promover que los sentenciados a prestación de servicios a la comunidad y limitación de días libres cumplen la pena impuesta reduciendo las deserciones y/o abandonos.
Metas Logradas
Apertura de la Oficina de Ejecución de Penas Limitativas de Chorrillos, de la Dirección Regional Lima.
En el presente año, en el ámbito de la jurisdicción de la Región Lima, se están brindando atención tanto a liberados como a los sentenciados a penas limitativas de derechos.
Reconocimiento de la Junta de Asistencia Post Penitenciaria de Huacho, perteneciente a la Dirección Regional Lima, mediante Resolución Presidencial N° 674-2003-INPE/P de fecha 07.10.2003, integrada por representantes del Comité de Derechos Humanos, Cámara de Comercio y Producción, Escuela de Educación de la Universidad Nacional Faustino Sánchez Carrión, Municipalidad y destacamento de la PNP Carquin Huacho.
Reconocimiento de la Junta de Asistencia Post Penitenciaria de Chincha, perteneciente a la Dirección Regional Lima, mediante Resolución Presidencial N° 910-2003-INPE/P de fecha 20.11.2003 integrada por representantes de las diferentes instituciones de esta ciudad como la Demuna, Municipalidad, Gobernación de la Provincia y Congregación Hermanas de San Pablo.
Reconocimiento de la nueva Junta de Asistencia Post Penitenciaria de Cañete, perteneciente a la Dirección Regional Lima, mediante Resolución Presidencial N° 048-2004-INPE/P de fecha 10.02.2004 integrada por representantes de las diferentes instituciones de esta ciudad como el Club de Leones, Ministerio Público, USE N° 08; Hospital Rezola, PNP, Oficina Nacional de Cañete Región Lima, Corte superior de Justicia, Beneficencia Pública y Comisión Nuevo Canal de Cañete.
Reconocimiento de la Junta de Asistencia Post Penitenciaria del Callao-Cono Norte, perteneciente a la Dirección Regional Lima, mediante Resolución Presidencial N° 049-2004-INPE/P de fecha 10.02.2004 integrada por representantes de las diferentes instituciones como Asociación Privada de Patronato, Municipalidad de Los Olivos, Parroquia María Madre Redentor de Los Olivos, División Metropolitana Norte, Comisaria de VIPOL, Universidad Nacional del Callao, Comisión Episcopal de Acción Social y Municipalidad de Puente Piedra.
Aprobación de los Lineamientos que señalan las Acciones del Personal Responsable de la Ejecución de las Sentencias a Penas Limitativas de Derechos, mediante Resolución Directoral N° 028-2004-INPE/OGT del 27 de febrero 2004.
Asistencia Post Penitenciaria
El Código de Ejecución Penal (D.L. Nº 654, articulo 125º) señala que la Asistencia Post Penitenciaria tiene como finalidad apoyar al liberado para su reincorporación a la sociedad. Sus actividades complementan las acciones de tratamiento penitenciario.
La Asistencia Post-Penitenciaria a los liberados de los Establecimientos Penitenciarios es asumida por el personal penitenciario en ambientes organizados fuera de los Establecimientos Penitenciarios en las regiones donde se cuenta con la infraestructura adecuada.
En el presente año en Lima, las unidades de Asistencia Post Penitenciaria y Penas Limitativas de Derechos se encuentran ubicadas en los Distritos de Surquillo, San Juan de Lurigancho, Chorrillos y de la provincia constitucional del Callao en la Ciudad Satélite Santa Rosa. En Lima provincias tenemos en Cañete, Chincha, Ica, Huacho, Chimbote y Caraz.
En las Direcciones Regionales de Arequipa, Cusco, Puno, Chiclayo, Huancayo, Pucallpa y San Martín se brinda atención a los liberados en cada provincia donde existe un Establecimiento Penitenciario
En Ica, Cañete, Chincha, Huacho, Caraz, Surquillo ,Callao, Arequipa, Cusco, Chiclayo, Trujillo y Huánuco se han conformado las Juntas de Asistencia Post Penitenciaria con participación de las instituciones públicas y privadas, organismos que tienen atribuciones contempladas en el Código de Ejecución Penal Art. 127° para brindar asistencia social al liberado, víctima del delito y los familiares inmediatos de ambos; gestionar la anulación de los antecedentes judiciales, penales y policiales del liberado; apoyar al liberado en la obtención de trabajo y solicitar la revocación del beneficio penitenciario en el caso de incumplimiento de las reglas de conducta.
El mas grave inconveniente que tradicionalmente ha tenido la pena privativa de libertad es la marginación social del delincuente, no solo durante el cumplimiento de la condena sino aun después de haber egresado del Establecimiento Penitenciario. Los efectos nocivos de la ejecución de la pena privativa de libertad se extienden a los familiares del interno que frecuentemente quedan en una situación grave de desamparo material y moral. El problema del delito también involucra a la víctima y sus familiares.
Con el objeto de atenuar en lo posible estos factores negativos que inciden sobre la vida del liberado y de sus familiares, la ciencia penitenciaria aconseja reforzar los lazos que lo unen a su familia y amistades creando una serie de relaciones para que no se produzca ese aislamiento y apoyarlo para que este en condiciones de reincorporarse plenamente a la sociedad para el cumplimiento de esta labor se tiene el apoyo de las Juntas Post Penitenciarias que funcionan en las regiones penitenciarias y estarán integradas por un equipo interdisciplinario con participación de diversos representantes de las instituciones sociales.
Cuadros de Establecimientos de Asistencia POS Penitenciaria y de Ejecución de Penas Limitativas de Dereechos:
- Dirección Regional Norte Chiclayo
- Dirección Regional Lima
- Dirección Regional SurArequipa
- Dirección Regional Centro Huancayo
- Dirección Regional Oriente Pucallpa
- Dirección Regional Sur Oriente Cuzco
- Dirección Regional Nor Oriente San Martin
- Dirección Regional Altiplano Puno
Metas Proyectadas
1. Aprobación de la Guía para la formulación de Reglamento de las Juntas De Asistencia Post-penitenciaria. A la fecha se encuentra en la Presidencia para firma de Resolución correspondiente.
2. Continuar con la Conformación de las Juntas de Asistencia Post Penitenciara en las diferentes Regiones del INPE. Gestionar el reconocimiento oficial del la JAPP de Surquillo y Caraz que juramentaron en el mes de setiembre y octubre del 2003 respectivamente; el Proyecto de Resolución Presidencial de reconocimiento oficial de la Junta de asistencia Post Penitenciaria de Caraz, se encuentra a la fecha en la Presidencia del INPE para la firma respectiva.
3. Se ha iniciado el tramite de reconocimiento Oficial mediante Resolución Presidencial, de la Junta de Asistencia Post Penitenciaria de Huánuco, perteneciente a la Región Nor Oriente Pucallpa, conformada el 17 de marzo 2004.
4. Aprobación del Manual de Procedimientos de Ejecución de Penas Limitativas de Derechos adecuada al Reglamento del Código de Ejecución Penal. Actualmente tiene el visto bueno de la Oficina General de Planificación y esta en proceso de revisión por la Oficina de Asesoría Jurídica.
5. Aprobación de los Manuales de Procedimientos para:
- Constancia de Liberados
- Traslados de Liberados por cambio de jurisdicción a nivel nacional
- Traslado de Sentenciados por cambio de jurisdicción a nivel nacional
- Colocación laboral del liberado
- Expedición de Constancia de Conducta del Liberado.
6. Aprobación de los lineamientos para la aplicación de los beneficios de semilibertad y liberación condicional en el Medio Libre.
7. Aprobación de los Lineamientos para la aplicación en materia de delitos de terrorismo en Tratamiento en el Medio Libre.
8. Se ha presentado un Proyecto de Convenio Marco entre el Ministerio del Interior y el INPE, para la ejecución y supervisión de penas limitativas de derechos, en aquellos lugares donde el INPE no cuente con Oficinas de Ejecución de Penas Limitativas de Derechos. A la fecha se encuentra en proceso de adecuación a las observaciones efectuadas por la Oficina General de Planificación.
9. Proyecto de formatos para la ejecución de penas limitativas de derechos a cargo de las Municipalidades y Policía Nacional del Perú (esta en estrecha relación con el Proyecto de convenio indicado en el párrafo anterior).
10. Proyecto de Manual de procedimientos para la expedición de la orden de libertad definitiva del beneficiado con una semilibertad o liberación condicional; nuevo procedimiento para ser incluido en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos INPE.
- CUADRO ESTADISTICO DE PENAS LIMITATIVAS DE DERECHO
- CUADRO ESTADISTICO DE ASISTENCIA POS PENITENCIARIA