Poder Ejecutivo oficializa decreto supremo que otorgará gracias presidenciales a población penitenciaria

 

NOTA DE PRENSA N°167 -2020-INPE

PODER EJECUTIVO OFICIALIZA DECRETO SUPREMO QUE OTORGARÁ GRACIAS PRESIDENCIALES A POBLACIÓN PENITENCIARIA VULNERABLE 

En el marco de la emergencia sanitaria por el coronavirus, el Poder Ejecutivo oficializó el Decreto Supremo N° 004-2020-JUS, que establece supuestos especiales para la evaluación y propuesta de recomendación de Gracias Presidenciales, a la población penitenciaria vulnerable.

La norma publicada en el diario oficial El Peruano, tiene por objeto establecer de manera excepcional y temporal, supuestos especiales para que la Comisión de Gracias Presidenciales proceda a evaluar y proponer el otorgamiento de indultos comunes y por razones humanitarias, así como conmutaciones de penas y desarrollar su procedimiento, con el fin de salvaguardar la salud de la población penitenciaria vulnerable, mediante la reducción del hacinamiento en los 68 penales del país.

Para el indulto por razones humanitarias, la Comisión de Gracias presidenciales evaluará y de ser el caso, recomendará la concesión de esta gracia presidencial para las internas o internos sentenciados que padecen una enfermedad crónica en etapa avanzada, que aumente el riesgo de infección por Covid-19 y el desarrollo de complicaciones, y los que padecen de otras enfermedades crónicas que teniendo en cuenta las condiciones penitenciarias, se consideren vulnerables al contagio del virus.

Para el indulto común y conmutación de penas, la Comisión de Gracias Presidenciales puede recomendar la concesión de la gracia presidencial para las internas o internos sentenciados que sea madre y permanezca con su niño o niña en el establecimiento penitenciario; que se encuentre en estado de gestación; que su condena efectiva o redimida, se cumpla en los próximos seis meses; que se le haya impuesto una pena efectiva no mayor a cuatro años y que sea mayor de 60 años de edad.

En estos casos, las internas o internos deben cumplir de manera concurrente, con tener la condición de primario y no registrar condenas por otros delitos y/o no registrar medida de detención a nivel nacional, así como no contar con prohibición legal expresa.

Según la norma, no procede la recomendación de gracia presidencial respecto de las internas o internos sentenciados por los delitos Contra la Vida, el Cuerpo y la Salud, contra la Familia, la Libertad. Asimismo, por delitos contra los Poderes del Estado y el Orden Constitucional, contra la Administración Pública, el Patrimonio, Seguridad Pública, Tranquilidad Pública, Terrorismo, Financiamiento al terrorismo, delitos contra la Humanidad, Lavado de activos y delitos cometidos por violencia contra la mujer e integrantes del grupo familiar.

La cifra actual de internas o internos sentenciados, en los 68 establecimientos penitenciarios del país, asciende a aproximadamente a 75,000 personas, de ese total, casi 50,000 están condenados por delitos graves.

                                                                                                                      Lima, 23 de abril del 2020

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