Page 28 - Informe Estadistico
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INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO                                       INFORME ESTADÍSTICO
                     UNIDAD DE ESTADÍSTICA                                               NOVIEMBRE - 2012




                                                       CAPITULO IV

                                 POBLACIÓN PENITENCIARIA SEGÚN DELITOS ESPECIFICOS

               4.1.- Delitos Específicos de Mayor Frecuencia

                      El gráfico siguiente presenta un muestreo de los delitos donde se tiene la mayor concentración
               de  los  privados  de  libertad.  Puede  apreciarse  que  el  delito  de  robo  agravado  (Artículo  189º,  Código
               Penal) tiene la mayor frecuencia y representa el 28% del total de la población penal, seguido del delito
               de tráfico ilícito de drogas en su tipo básico (Artículo 296º, Código Penal) con un 14.%.

                      Con preocupación se observa que el 8% de la POPE se encuentra incursa en el delito de violación
               sexual tipo básico (Artículo 173º, Código Penal) que sumado al 8% por el delito de violación sexual de
               menor de edad (Artículo 173º, Código Penal), al 1% del delito de actos contra el pudor (Artículo 176º,
               Código Penal) y al 1% del delito de actos  contra el pudor contra menores de edad (Artículo 176º-A,
               Código Penal), nos invita a reflexionar sobre cifras escalofriantes y pensar que la población penitenciaria
               se inclina por la comisión de delitos en donde premia la vulneración y menoscabo de los derechos de
               grupos vulnerables de la sociedad (menores de edad y mujeres), por lo que se hace necesario realizar
               una política conjunta de tratamiento a estos tipos de agresores.

                      Igual inquietud, surge en el delito de tráfico ilícito de drogas, que se aprecia cuando sumamos la
               POPE de 6,% en el tipo TID agravado (Artículo 297º, Código Penal), la POPE de 2% por el delito de
               microcomercialización o microproducción de drogas (Artículo 298º, Código Penal)y la POPE de 2.% del
               delito de promoción o favorecimiento al TID; estas tipologías ante su mayor avance pueden provocar
               problemas estructurales en la sociedad, al igual que el aumento del consumo de drogas. Para tal efecto,
               se utiliza a los consumidores como transportadores de la carga ilícita por las organizaciones criminales,
               comúnmente denominados “burriers” cuando estos son ciudadanos extranjeros, y se han tornado como
               los principales candidatos para su ilícito negocio. Por lo que el tratamiento penitenciario, deberá diseñar
               otros mecanismos de apoyo, al ser un delito que tiene un origen de connotación económica.

                      Distinta  es  la  situación  del  delito  de  terrorismo,  que  en  los  años  90’  tenía  una  población
               penitenciaria bastante considerable y que en la actualidad tiene una POPE de solo 1%.

                      Otro dato puntual y sobresaliente, es que han surgido delitos que en décadas pasadas no tenían
               mayor frecuencia en la POPE, pero que han aparecido con cierto protagonismo y paulatino crecimiento.
               Entre  estos  tenemos  al  delito  de  incumplimiento  de  la  obligación  alimentaria  (1%)  y  el  delito  de
               extorsión (1%).

                      Estos  datos  han  sido  obtenidos  al  perfeccionar  la  forma  de  ingreso  de  la  información  en  los
               establecimientos penitenciarios respecto del tipo penal (delito) con que el Juez ordena la detención del
               interno.


















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