Page 24 - Informe Estadistico
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INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO                                 INFORME ESTADÍSTICO
                          UNIDAD DE ESTADÍSTICA                                            MAYO–2015




                                                        CAPITULO III

                                    POBLACIÓN PENITENCIARIA SEGÚN SITUACIÓN JURÍDICA

               3.1.- Situación jurídica y género de la Población Penitenciaria

                      La situación jurídica es otra variable que tiene como objetivo conocer las condiciones de la POPE
               en su aspecto legal. Al mes de mayo de 2015, los procesados constituyen el 49.94% y los sentenciados el
               50.06 respecto a la población total.  La población ha registrado un aumento de 561 internos respecto al
               mes  anterior  siendo  la  población  actual  de  74,486  internos.  El  94.04%  de  internos  es  masculino  y  el
               5.96% femenino.

                               COMPOSICIÓN DE LA POBLACIÓN PENAL POR SITUACIÓN JURÍDICA
                                            Y GÉNERO SEGÚN OFICINA REGIONAL
                                                  (Distribución porcentual)

                                         TOTAL      TOTAL            PROCESADO              SENTENCIADO
                  OFICINAS REGIONALES
                                         GRAL   Hombres  Mujeres  Total  Hombres  Mujeres  Total  Hombres  Mujeres
                     TOTAL GENERAL       100.00  94.04   5.96    49.94  47.04   2.90    50.06  47.00   3.06
               NORTE - CHICLAYO           17.46  16.66   0.80    9.04    8.65   0.39    8.42    8.01   0.41
               LIMA - LIMA                50.55  47.52   3.03    27.69  26.04   1.65    22.86  21.48   1.38
               SUR - AREQUIPA             4.44    4.07   0.37    1.28    1.18   0.10    3.16    2.89   0.27
               CENTRO - HUANCAYO          7.59    7.10   0.49    3.08    2.87   0.21    4.51    4.23   0.28
               ORIENTE - HUANUCO          6.06    5.73   0.33    3.44    3.27   0.17    2.62    2.46   0.16
               SUR ORIENTE - CUSCO        5.52    5.08   0.44    2.46    2.30   0.16    3.06    2.78   0.28
               NOR ORIENTE - SAN MARTIN   6.09    5.83   0.26    2.15    2.02   0.13    3.94    3.81   0.13
               ALTIPLANO - PUNO           2.29    2.05   0.24    0.80    0.71   0.09    1.49    1.34   0.15

               Fuente: Unidades de Registro Penitenciario
               Elaboración: INPE/Unidad de Estadística

               3.2.- Situación jurídica y ubicación de la Población Penitenciaria

                      La  variable  de  situación  jurídica  de  la  POPE  se  ha  determinado  por  cada  establecimiento
               penitenciario  a  nivel  nacional,  por  lo  que  se  conoce  con  exactitud  el  porcentaje  de  procesados  y
               sentenciados.  Estos  datos  pueden  determinar  interesantes  aportes  con  respecto  a  la  aplicación  del
               nuevo Código Procesal Penal del 2004, que tuvo entre sus principales objetivos reducir las diferencias
               entre sentenciados y procesados.

                      En la actualidad, si comparamos los distritos judiciales de Lima - Callao, con los distritos judiciales
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               que aplican el nuevo Código Procesal Penal (CPP) , podemos ver en estos últimos, que la brecha entre
               procesados y sentenciados es cada vez menor, e incluso en algunos casos los sentenciados superan a los
               procesados.

                      El  caso  más  emblemático  es  el  departamento  de  Piura,  donde  el  nuevo  CPP  se  aplica  desde
               diciembre de 2009, en la actualidad se tiene 1,280 procesados y 1,762 sentenciados. Igualmente en La
               Libertad que implementó la nueva normatividad procesal penal en Diciembre del 2007, se tiene al mes
               de mayo 2,203 procesados y 2,149 sentenciados.

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                 Las  últimas  implementaciones  del  nuevo  Código  Procesal  Penal  del  2004  serán:  01/Junio/2013  (Ancash,  Santa,  Pasco  y  Huánuco);
                01/Octubre/2013 (Ucayali y Loreto); 01/Abril/2013 (Apurímac y Huancavelica); 01/Agosto/2013 (Ayacucho y Junín); y 01/Abril/2013 (Callao,
                Lima Norte, Lima Sur y Lima).
                En: http://www.minjus.gob.pe/cpp/difusion

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