Page 69 - Informe Estadistico
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INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO                                                 INFORME ESTADÍSTICO
                      UNIDAD DE ESTADÍSTICA                                                                        ENERO - 2012



               Se cumple en jornadas  de  10  horas  semanales entre los  días sábados  y domingos,
               pudiendo ser autorizado por el INPE a cumplir en días útiles de la semana a fin de no
               perjudicar sus actividades laborales habituales. Estas penas se extenderán de diez a
               ciento cincuentiséis jornadas (Artículo 34º cuarto párrafo -Código Penal-).

               Estas  penas se  deben cumplir en “Entidades Receptoras” (instituciones públicas  o
               privadas de  tipo asistencial,  hospitalario,  escuelas, orfanatos, municipalidades, etc.),
               inscritas previamente en el Registro Nacional de Entidades Receptoras a  cargo  del
               INPE.

                      11.1.2.- Limitación de Días Libres

               En cambio, la pena de limitación de  días libres está determinada  por la asistencia
               obligatoria del sentenciado,  durante los  días  sábados, domingos y feriados, a  un
               establecimiento no carcelario donde participará en actividades de carácter educativas,
               debiendo tener un mínimo de diez y un máximo de dieciséis horas en total por cada fin
               de semana (Artículo 35º primer párrafo -Código Penal-).

               Asimismo, estas penas tendrán un mínimo  de  diez  a cincuentiséis jornadas de
               limitación semanales.

               11.2.-  Situación actual de los sentenciados a Penas Limitativas de Derechos

               El Instituto Nacional Penitenciario a través de la Dirección de Medio Libre reportó en el
               mes  de Enero  2012 a 4,377  sentenciados  a penas de Prestación de Servicios a  la
               Comunidad a  nivel nacional.

               Lo más resaltante de esta información, es que a nivel regional INPE el mayor grupo de
               sentenciados se localizo en la Oficina Regional Lima representando el 50%, seguida por
               la Oficina Regional Norte con el 29%.

                                   POBLACIÓN DE MEDIO LIBRE SENTENCIADOS A PENAS
                                       LIMITATIVAS DE DERECHOS A NIVEL NACIONAL

                                                               ALTIPLANO
                                              NOR ORIENTE          65
                               SUR ORIENTE          159            2%
                                    322             4%                                            NORTE
                         ORIENTE    7%                                                             1,262
                             88                                                                    29%
                 CENTRO
                    236     2%
                    5%
                SUR
                 50
                1%










                                    LIMA
                                    2,195
                                     50%

               Fuente: Unidades de Medio Libre
               Elaboración: INPE/Unidad de Estadística




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