Page 11 - Informe Estadistico
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INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO INFORME ESTADÍSTICO
UNIDAD DE ESTADÍSTICA JULIO - 2012
1.3.- Infraestructura Penitenciaria
La Oficina de Infraestructura Penitenciaria del INPE establece que el Sistema Penitenciario
cuenta con dos tipos de establecimientos: a) Establecimientos Penitenciarios (intramuros) para la
población privada de libertad, al mes de julio se tienen 66 establecimientos penitenciarios habilitados;
y b) Establecimientos de Penas Limitativas de Derechos y Asistencia Post Penitenciaria (extramuros),
que controla a la población de liberados con beneficio penitenciario y sentenciados a penas limitativas
de derechos, 63 establecimientos funcionan para estos fines.
Respecto de la infraestructura intramuros. El Reglamento de Organización y Funciones del
Instituto Nacional Penitenciario (ROF) señala en sus artículos 65º y 66º la clasificación de los penales
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en los tipos A, B, C y D. Así tenemos un 24% de penales con más de 1,200 internos, los que pueden ser
denominados “establecimientos penitenciarios grandes”; sin embargo, al contrastarlos con su capacidad
de albergue podemos afirmar que en realidad no son grandes en capacidad sino en ocupación lo que
significa que se encuentran con mayor índice de sobrepoblación.
TIPOS DE ESTABLECIMIENTOS SEGÚN POBLACION PENAL
POR OFICINAS REGIONALES
TIPOS DE ESTABLECIMIENTOS SEGÚN ROF CANTIDAD
DIRECCIONES REGIONALES D C B A DE
1 A 199 200 A 899 900 A 1199 MAS DE 1200 EE.PP.
27 18 5 16 66
TOTAL EE.PP.
41% 27% 8% 24% 100%
O.R.NORTE - CHICLAYO 5 3 0 3 11
O.R.LIMA - LIMA 3 4 3 8 18
O.R.SUR - AREQUIPA 4 1 1 0 6
O.R.CENTRO - HUANCAYO 5 2 0 2 9
O.R.ORIENTE - HUANUCO 2 0 0 2 4
O.R.SUR ORIENTE - CUSCO 4 2 0 1 7
O.R.NOR ORIENTE - SAN MARTIN 2 4 1 0 7
O.R.ALTIPLANO - PUNO 2 2 0 0 4
Fuente: Unidades de Registro Penitenciario
Elaboración: INPE/Unidad de Estadística
Dada la capacidad de albergue de los establecimientos penitenciarios, solo al 6% se los puede
considerar como “establecimientos penitenciarios grandes”, es decir, con una capacidad de albergue
superior a 1,200 internos. La mayor parte de establecimientos es de tipo D que representa el 47% y
solo alberga hasta 199 internos, el tipo C representa el 39% y puede albergar hasta 899 internos. Esta
clasificación podría ajustarse más a la realidad penitenciaria en el momento de tomar decisiones sobre
infraestructura.
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Decreto Supremo Nº 009-2007-JUS publicado el 10 de octubre de 2007.
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