Page 70 - Informe Estadistico
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INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO                                           INFORME ESTADÍSTICO
                        UNIDAD DE ESTADÍSTICA                                                     JUNIO - 2012




               11.1.1.- Prestación de Servicios a la Comunidad

                      La pena de prestación de servicios a la comunidad es una forma de trabajo que obliga al
               condenado  a  realizar  labores  gratuitas  en  entidades  asistenciales,  hospitalarias,  escuelas,
               orfanatos y otras instituciones similares u obras públicas (Artículo 34º primer párrafo, Código
               Penal); y está dirigido a personas de escasa peligrosidad.

                      El sentenciado debe prestar gratuitamente servicios y labores a favor de la comunidad,
               teniendo  en  cuenta  sus  aptitudes,  habilidades,  edad,  estado  de  salud,  así  como  su  lugar  de
               domicilio.  Se  cumple  en  jornadas  de  10  horas  semanales  entre  los  días  sábados  y  domingos,
               siendo  autorizado  por  el  INPE  a  cumplir  en  días  útiles  de  la  semana  para  no  perjudicar  sus
               actividades laborales habituales.

                      Estas  penas  se  extenderán  de  diez  a  doscientas  ocho  jornadas  (Ley  Nº  27186  que
               modifica  los  art.  32  y  52  Código  Penal,  respecto  a  la  aplicación  de  las  penas  limitativas  de
               derechos)  y  se    cumplirán  en  entidades  receptoras  (instituciones  públicas  o  privadas  de  tipo
               asistencial,  hospitalario,  escuelas,  orfanatos,  municipalidades,  etc.),  inscritas  previamente  en  el
               Registro Nacional de Entidades Receptoras a cargo del INPE.

               11.1.2.- Limitación de Días Libres

                      En  cambio,  la  pena  de  limitación  de  días  libres  está  determinada  por  la  asistencia
               obligatoria del sentenciado, durante los días sábados, domingos y feriados, a un establecimiento
               no carcelario donde participará en actividades de carácter educativo. Debe tener un mínimo de
               diez  doscientas  ocho  jornadas  (Ley  Nº  27186  que  modifica  los  art.  32  y  52  Código  Penal,
               respecto a la aplicación de las penas limitativas de derechos).

               11.2.-  Situación actual de los sentenciados a Penas Limitativas de Derechos

                      El Instituto Nacional Penitenciario a través de la Dirección de Medio Libre reportó en el
               mes  de  Junio  2012  a  4,639  personas  sentenciadas  a  penas  de  Prestación  de  Servicios  a  la
               Comunidad a  nivel nacional. A nivel regional INPE el mayor grupo de sentenciados se localizó
               en la Oficina Regional Lima (53%), seguida por la Oficina Regional Norte (27%).



















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