Page 28 - Informe Estadistico
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INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO                                            INFORME ESTADÍSTICO
                       UNIDAD DE ESTADÍSTICA                                                     MARZO - 2012




                                                      CAPITULO IV

                            POBLACIÓN PENITENCIARIA SEGÚN DELITOS ESPECIFICOS

               4.1.- Delitos específicos de mayor frecuencia

               El  gráfico  siguiente  cuenta  con  un  muestreo  de  los  delitos  en  donde  se  encuentra  la  mayor
               concentración  de  los  privados  de  libertad.  Puede  apreciarse  que  el  delito  de  robo  agravado
               (Artículo  189º,  Código  Penal)  tiene  la  mayor  frecuencia  y  representa  el  28.2%  del  total  de  la
               población penal y le sigue el delito de tráfico ilícito de drogas en el tipo básico (Artículo 296º,
               Código Penal) con un 15.5%.

               Con mucha preocupación se observa que el 9.4% de la POPE se encuentra incursa en el delito de
               violación sexual tipo básico (Artículo 173º, Código Penal) y que sumado al 7.8% por el delito de
               violación  sexual  de  menor  de edad  (Artículo  173º,  Código  Penal),  al  1.2%  del  delito de  actos
               contra el pudor (Artículo 176º, Código Penal) y al 1% del delito de actos contra el pudor contra
               menores de edad (Artículo 176º-A, Código Penal), nos puede invitar a reflexionar sobre cifras
               escalofriantes  y  pensar  que  la  población  penitenciaria  se  inclina  a  la  comisión  de  delitos  en
               donde premia la vulneración y menoscabo de los derechos de grupos vulnerables de la sociedad
               (menores  de  edad  y  mujeres),  por  lo  que  se  hace  necesario  realizar  una  política  conjunta  de
               tratamiento a estos tipos de agresores.

               Igual inquietud, surge en el delito de tráfico ilícito de drogas, que se aprecia cuando sumamos a
               la POPE de 6,5% en el tipo TID agravado (Artículo 297º, Código Penal), el POPE de 1.7% por el
               delito de micro comercialización o micro producción de drogas (Artículo 298º, Código Penal) y
               la  POPE  de  1.5  %  del  delito  de  promoción  o  favorecimiento  al  TID;  estas  tipologías  ante  su
               mayor avance pueden provocar problemas estructurales en la sociedad, al igual que el aumento
               del consumo de drogas. Para tal efecto, se utiliza a los consumidores como transportadores de la
               carga  ilícita  por  las  organizaciones  criminales,  comúnmente  denominados  “burriers”  cuando
               estos son ciudadanos extranjeros, y que se han tornado como los principales candidatos para su
               ilícito  negocio.  Por  lo  que  el  tratamiento  penitenciario,  deberá  diseñar  otros  mecanismos  de
               apoyo, al ser un delito que tiene un origen de connotación económica.

               Distinta  es  la  situación  del  delito  de  terrorismo,  que  en  los  años  90’  tenía  una  población
               penitenciaria bastante considerable y que en la actualidad tiene una POPE de solo 1.1%.

               Otro  de  los  datos  puntuales  y  sobresalientes,  es  que  han  empezado  a  surgir  delitos  que  en
               décadas  pasadas  no  tenían  mayor  frecuencia  en  la  POPE,  pero  que  han  aparecido  con  cierto
               protagonismo y paulatino crecimiento. Entre estos tenemos al  delito de omisión de asistencia
               familiar (1%), el delito de extorsión (1%) y el delito de parricidio (0.7%).

               Estos  datos  han  sido  obtenidos  al  afinar  la  forma  de  ingreso  de  la  información  en  los
               establecimientos  penitenciarios  con  respecto  al  tipo  penal  (delito)  con  que  el  Juez  ordena  la
               detención del interno.




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