Page 68 - Informe Estadistico
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INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO INFORME ESTADÍSTICO
UNIDAD DE ESTADÍSTICA NOVIEMBRE - 2012
Estas penas se extenderán de diez a doscientas ocho jornadas (Ley Nº 27186 que modifica los
art. 32 y 52 Código Penal, respecto a la aplicación de las penas limitativas de derechos) y se cumplirán
en entidades receptoras (instituciones públicas o privadas de tipo asistencial, hospitalario, escuelas,
orfanatos, municipalidades, etc.), inscritas previamente en el Registro Nacional de Entidades
Receptoras a cargo del INPE.
11.1.2.- Limitación de Días Libres
En cambio, la pena de limitación de días libres está determinada por la asistencia obligatoria del
sentenciado, durante los días sábados, domingos y feriados, a un establecimiento no carcelario donde
participará en actividades de carácter educativo. Debe tener un mínimo de diez doscientas ocho
jornadas (Ley Nº 27186 que modifica los art. 32 y 52 Código Penal, respecto a la aplicación de las Penas
Grafico Nº 01
Limitativas de Derechos).
POBLACION DE MEDIO SENTENCIADOS A PENAS LIMITATIVAS DE DERECHOS A
NIVEL NACIONAL
11.2.- Situación actual de los sentenciados a Penas Limitativas de Derechos
El Instituto Nacional Penitenciario a través de la Dirección de Medio Libre reportó en el mes de
Noviembre 2012 a 4,811 personas sentenciadas a Penas de Prestación de Servicios a la Comunidad a
nivel nacional. A nivel regional INPE el mayor grupo de sentenciados se localizó en la Oficina Regional
Lima (58 %), seguida por la Oficina Regional Norte (26 %).
POBLACIÓN DE MEDIO LIBRE SENTENCIADOS A PENAS
LIMITATIVAS DE DERECHOS A NIVEL NACIONAL
SUR ORIENTE
265 NOR ORIENTE ALTIPLANO
ORIENTE 30
60 5% 169 1% NORTE
1% 3%
CENTRO 1.237
218 26%
5%
SUR
56
1%
LIMA
2.776
58%
Fuente: Unidades de Medio Libre
Elaboración: INPE/Unidad de Estadística
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