Page 28 - Informe Estadistico
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INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO                                 INFORME ESTADÍSTICO
                          UNIDAD DE ESTADÍSTICA                                            ENERO - 2013




                                                        CAPITULO IV

                                   POBLACIÓN PENITENCIARIA SEGÚN DELITOS ESPECIFICOS

               4.1.- Delitos específicos de mayor frecuencia

                      El  gráfico  siguiente  cuenta  con  un  muestreo  de  los  delitos  en  donde  se  encuentra  la  mayor
               concentración  de  los  privados  de  libertad. Puede  apreciarse  que el  delito  de  robo  agravado  (Artículo
               189º, Código Penal) tiene la mayor frecuencia y representa el 27.9% del total de la población penal y le
               sigue el delito de tráfico ilícito de drogas en el tipo básico (Artículo 296º, Código Penal) con un 14.4%.

                      Con mucha preocupación se observa que el 8.1% de la POPE se encuentra incursa en el delito de
               violación sexual tipo básico (Artículo 173º, Código Penal) que sumado al 8.1% por el delito de violación
               sexual  de  menor  de  edad  (Artículo  173º,  Código  Penal),  al  1.4%  del  delito  de  actos  contra  el  pudor
               (Artículo  176º,  Código  Penal)  y  al  1.3%  del  delito  de  actos  contra  el  pudor  contra  menores  de  edad
               (Artículo  176º-A,  Código  Penal),  nos  invita  a  reflexionar  sobre  cifras  escalofriantes  y  pensar  que  la
               población  penitenciaria  se  inclina  por  la  comisión  de  delitos  en  donde  premia  la  vulneración  y
               menoscabo de los derechos de grupos vulnerables de la sociedad (menores de edad y mujeres), por lo
               que se hace necesario realizar una política conjunta de tratamiento a estos tipos de agresores.

                      Igual inquietud, surge en el delito de tráfico ilícito de drogas, que se aprecia cuando sumamos la
               POPE de 5.9% en el tipo TID agravado (Artículo 297º, Código Penal), la POPE de 2.3% por el delito de
               micro comercialización o micro producción de drogas (Artículo 298º, Código Penal) y la POPE de 2.5% del
               delito de promoción o favorecimiento al TID; estas tipologías ante su mayor avance pueden provocar
               problemas estructurales en la sociedad, al igual que el aumento del consumo de drogas. Para tal efecto,
               se utiliza a los consumidores como transportadores de la carga ilícita por las organizaciones criminales,
               comúnmente denominados “burriers” cuando estos son ciudadanos extranjeros, y se han tornado como
               los principales candidatos para su ilícito negocio. Por lo que el tratamiento penitenciario, deberá diseñar
               otros mecanismos de apoyo, al ser un delito que tiene un origen de connotación económica.

                      Distinta  es  la  situación  del  delito  de  terrorismo,  que  en  los  años  90’  tenía  una  población
               penitenciaria bastante considerable y que en la actualidad tiene una POPE de solo 1%.

                      Otro dato puntual y sobresaliente, es que han surgido delitos que en décadas pasadas no tenían
               mayor frecuencia en la POPE, pero que han aparecido con cierto protagonismo y paulatino crecimiento.
               Entre estos tenemos al delito de incumplimiento de la obligación alimentaria (1%), el delito de extorsión
               (1%) y el delito de hurto agravado-grado tentativa (0.8%).

                      Estos  datos  han  sido  obtenidos  al  afinar  la  forma  de  ingreso  de  la  información  en  los
               establecimientos penitenciarios con respecto al tipo penal (delito) con que el Juez ordena la detención
               del interno.


















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