Page 24 - Informe Estadistico
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INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO INFORME ESTADÍSTICO
UNIDAD DE ESTADÍSTICA MARZO–2015
CAPITULO III
POBLACIÓN PENITENCIARIA SEGÚN SITUACIÓN JURÍDICA
3.1.- Situación jurídica y género de la Población Penitenciaria
La situación jurídica es otra variable que tiene como objetivo conocer las condiciones de la POPE
en su aspecto legal. Al mes de marzo de 2015, los procesados constituyen el 49.87% y los sentenciados el
50.13% respecto a la población total. La población ha registrado una aumento de 663 internos respecto
al mes anterior siendo la población actual de 73,255 internos. El 94% de internos es masculino y el 6%
femenino.
COMPOSICIÓN DE LA POBLACIÓN PENAL POR SITUACIÓN JURÍDICA
Y GÉNERO SEGÚN OFICINA REGIONAL
(Distribución porcentual)
TOTAL TOTAL PROCESADO SENTENCIADO
OFICINAS REGIONALES
GRAL Hombres Mujeres Total Hombres Mujeres Total Hombres Mujeres
TOTAL GENERAL 100.00 94.00 6.00 49.87 46.94 2.93 50.13 47.06 3.07
NORTE - CHICLAYO 17.33 16.52 0.81 8.93 8.54 0.39 8.40 7.98 0.42
LIMA - LIMA 50.75 47.71 3.04 27.72 26.07 1.65 23.03 21.64 1.39
SUR - AREQUIPA 4.45 4.07 0.38 1.31 1.19 0.12 3.14 2.88 0.26
CENTRO - HUANCAYO 7.59 7.11 0.48 3.14 2.93 0.21 4.45 4.18 0.27
ORIENTE - HUANUCO 6.01 5.67 0.34 3.41 3.24 0.17 2.60 2.43 0.17
SUR ORIENTE - CUSCO 5.57 5.13 0.44 2.55 2.38 0.17 3.02 2.75 0.27
NOR ORIENTE - SAN MARTIN 6.06 5.80 0.26 2.03 1.91 0.12 4.03 3.89 0.14
ALTIPLANO - PUNO 2.24 1.99 0.25 0.78 0.68 0.10 1.46 1.31 0.15
Fuente: Unidades de Registro Penitenciario
Elaboración: INPE/Unidad de Estadística
3.2.- Situación jurídica y ubicación de la Población Penitenciaria
La variable de situación jurídica de la POPE se ha determinado por cada establecimiento
penitenciario a nivel nacional, por lo que se conoce con exactitud el porcentaje de procesados y
sentenciados. Estos datos pueden determinar interesantes aportes con respecto a la aplicación del
nuevo Código Procesal Penal del 2004, que tuvo entre sus principales objetivos reducir las diferencias
entre sentenciados y procesados.
En la actualidad, si comparamos los distritos judiciales de Lima - Callao, con los distritos judiciales
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que aplican el nuevo Código Procesal Penal (CPP) , podemos ver en estos últimos, que la brecha entre
procesados y sentenciados es cada vez menor, e incluso en algunos casos los sentenciados superan a los
procesados.
El caso más emblemático es el departamento de Piura, donde el nuevo CPP se aplica desde
diciembre de 2009, en la actualidad se tiene 1,263 procesados y 1,747 sentenciados. Igualmente en La
Libertad que implementó la nueva normatividad procesal penal en Diciembre del 2007, se tiene al mes
de marzo 2,196 procesados y 2,019 sentenciados.
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Las últimas implementaciones del nuevo Código Procesal Penal del 2004 serán: 01/Junio/2013 (Ancash, Santa, Pasco y Huánuco);
01/Octubre/2013 (Ucayali y Loreto); 01/Abril/2013 (Apurímac y Huancavelica); 01/Agosto/2013 (Ayacucho y Junín); y 01/Abril/2013 (Callao,
Lima Norte, Lima Sur y Lima).
En: http://www.minjus.gob.pe/cpp/difusion
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