Page 36 - Informe Estadistico
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INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO INFORME ESTADÍSTICO
UNIDAD DE ESTADÍSTICA ABRIL – 2012
CAPITULO V
POBLACIÓN PENITENCIARIA SEGÚN TIEMPO
DE RECLUSIÓN Y SENTENCIA
5.1.- Población penitenciaria y tiempo de reclusión
La sobrepoblación y el hacinamiento existente en los establecimientos penitenciarios, son graves
problemas de la administración penitenciaria. Así también, el alto número de internos que se
encuentra sin sentencia y que estarían recluidos incluso excediendo el plazo previsto por la ley,
aunque esta circunstancia se ubica en la esfera de control del Poder Judicial y el Ministerio
Público.
Un indicador que refleja esta divergencia, es que el mes de abril se tiene 33,060 internos en
condición de procesados y 23,526 como sentenciados. Es preocupante que a nivel nacional 2,174
internos se encuentren recluidos por más de 5 años en situación jurídica de procesados. Lo más
alarmante de esta situación, es que solo en los penales de Lima, existen 9 privados de libertad
que estarían recluidos más de 15 años en esta condición.
Sobre este hecho puede darse dos explicaciones: la primera, que los internos sigan en situación
de procesados, con lo que se habría incumplido los plazos procesales y cabría responsabilidad a
los entes judiciales; y la segunda, sería que los internos se encuentran sentenciados, pero el
órgano judicial no habría informado adecuadamente a la unidad de registro penitenciario
correspondiente para el ingreso de los datos del privado de libertad.
Al respecto, es prioritario encontrar una solución pues las consecuencias serían atrasos para
cuando el interno solicite beneficios penitenciarios, gracia presidencial e incluso cuando cumpla
la pena impuesta, circunstancia que afectaría sus derechos fundamentales.
5.2.- Población penitenciaria y tiempo de sentencia
La población penal sentenciada se encuentra constituida por las personas privadas de libertad
que vienen cumpliendo una pena impuesta por un órgano judicial dentro de un proceso penal. Este
informe mensual, muestra que la POPE en calidad de sentenciados tiene 23,526 internos, de los
cuales 290 internos están sentenciados a pena privativa de libertad de 35 años y 206 internos
purgan pena de cadena perpetua.
De otro lado, se tiene a la población penitenciaria que se encontraría recluida por penas menores
de cuatro años y, si bien se encuentra dentro de la potestad del juez, existen salidas legales
como el artículo 52º del Código Penal que regula la conversión de la pena privativa por otros
penas alternativas. Se hace necesario evaluar al respecto, pues dentro del Sistema Penitenciario
se tiene a 2,431 internos con penas menores de 04 años e incluso dentro de éstos se tienen 107
internos con penas privativas de libertad menor a un año.
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