Page 29 - Informe Estadistico
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INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO                                  INFORME ESTADÍSTICO
                         UNIDAD DE ESTADÍSTICA                                          DICIEMBRE - 2012



                                                       CAPITULO IV

                                 POBLACIÓN PENITENCIARIA SEGÚN DELITOS ESPECIFICOS

               4.1.- Delitos Específicos de Mayor Frecuencia

                      El gráfico siguiente cuenta con un muestreo de los delitos en donde se encuentra la mayor concentración de
               los privados de libertad. Puede apreciarse que el delito de robo agravado (Artículo 189º, Código Penal) tiene la mayor
               frecuencia y representa el 27.7% del total de la población penal y le sigue el delito de tráfico ilícito de drogas en el
               tipo básico (Artículo 296º, Código Penal) con un 14.5%.

                      Con mucha preocupación se observa que el 8.1% de la POPE se encuentra incursa en el delito de violación
               sexual tipo básico (Artículo 173º, Código Penal) que sumado al 8.1% por el delito de violación sexual de menor de
               edad (Artículo 173º, Código Penal), al 1.4% del delito de actos contra el pudor (Artículo 176º, Código Penal) y al
               1.3%  del  delito  de  actos  contra  el  pudor  contra  menores de  edad  (Artículo  176º-A, Código  Penal),  nos  invita a
               reflexionar sobre cifras escalofriantes y pensar que la población penitenciaria se inclina por la comisión de delitos en
               donde premia la vulneración y menoscabo de los derechos de grupos vulnerables de la sociedad (menores de edad y
               mujeres), por lo que se hace necesario realizar una política conjunta de tratamiento a estos tipos de agresores.

                      Igual inquietud, surge en el delito de tráfico ilícito de drogas, que se aprecia cuando sumamos la POPE de 6%
               en el tipo TID agravado (Artículo 297º, Código Penal), la POPE de 2.3% por el delito de micro comercialización o
               micro  producción  de  drogas  (Artículo  298º,  Código  Penal)  y  la  POPE  de  2.4%  del  delito  de  promoción  o
               favorecimiento al TID; estas tipologías ante su mayor avance pueden provocar problemas estructurales en la sociedad,
               al igual que el aumento del consumo de drogas. Para tal efecto, se utiliza a los consumidores como transportadores de
               la carga ilícita por las organizaciones criminales, comúnmente denominados “burriers” cuando estos son ciudadanos
               extranjeros,  y  se  han  tornado  como  los  principales  candidatos  para  su  ilícito  negocio.  Por  lo  que  el  tratamiento
               penitenciario,  deberá  diseñar  otros  mecanismos  de  apoyo,  al  ser  un  delito  que  tiene  un  origen  de  connotación
               económica.

                      Distinta es la situación del delito de terrorismo, que en los años 90’ tenía una población penitenciaria bastante
               considerable y que en la actualidad tiene una POPE de solo 1%.

                      Otro  dato  puntual  y  sobresaliente,  es  que  han  surgido  delitos  que  en  décadas  pasadas  no  tenían  mayor
               frecuencia en la POPE, pero que han aparecido con cierto protagonismo y paulatino crecimiento. Entre estos tenemos
               al  delito  de  omisión  de  asistencia  familiar  (1%),  el  delito de  extorsión  (1%)  y  el  delito  de  hurto  agravado-grado
               tentativa (0.8%).

                      Estos  datos  han  sido  obtenidos  al  afinar  la  forma  de  ingreso  de  la  información  en  los  establecimientos
               penitenciarios con respecto al tipo penal (delito) con que el Juez ordena la detención del interno.

























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