Page 26 - Informe Estadistico
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INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO                                                 INFORME ESTADÍSTICO
                      UNIDAD DE ESTADÍSTICA                                                                        ENERO - 2012



                                                   CAPITULO IV
                       POBLACIÓN PENITENCIARIA SEGÚN DELITOS
                                                  ESPECIFICOS


               4.1.- LOS DELITOS ESPECÍFICOS DE MAYOR FRECUENCIA

               El gráfico siguiente cuenta con un muestreo de los delitos en donde se encuentra la
               mayor concentración de los privados de libertad. En esto el delito de Robo Agravado
               (Artículo 189º -Código Penal-) tiene la mayor frecuencia y representa el 28.5 % del total
               de la población penal y le sigue el delito de Tráfico Ilícito de Drogas en el tipo básico
               (Artículo 296º -Código Penal-) con un 15 %.

               Mucha preocupación se ve en el 9.9 % de la POPE en el delito de violación sexual en el
               tipo básico  (Artículo 173º -Código Penal-)  y  que  sumado al 7.7  % por el  delito de
               Violación Sexual de Menor de Edad (Artículo 173º -Código Penal-), al 1.2 % del delito
               de actos contra el pudor (Artículo  176º -Código Penal-) y al 1 % del delito de actos
               contra el pudor contra menores de edad (Artículo 176º-A -Código Penal-), nos puede
               empujar a reflexionar a cifras escalofriantes y pensar que la población penitenciaria se
               inclina a la comisión de  delitos en donde  premia la  vulneración y menoscabo  de los
               derechos de grupos vulnerables de la sociedad (menores de edad y mujeres), por lo que
               se hace necesario realizar una conjunta  política de tratamiento a estos tipos de
               agresores.

               Igual inquietud, surge en el delito de Tráfico Ilícito de Drogas, que se apremia cuando
               sumamos a la POPE de 6,8 % en el tipo TID agravado (Artículo 297º -Código Penal-), el
               POPE de 1.5 % por el delito de microcomercialización o microproducción de drogas
               (Artículo  298º -Código  Penal-)  y la  POPE de 1.2 % del delito  de  promoción  o
               favorecimiento al  TID; estas tipologías  ante su  mayor avance puede provocar
               problemas estructurales en la sociedad, así como se elevaría el consumo de drogas. A
               la vez, tienen a los consumidores que son empleados como transportadores de la carga
               ilícita por las organizaciones criminales, surgiendo los  denominados “burriers”,
               teniendo a ciudadanos extranjeros  como sus principales  “candidatos” para su ilícito
               negocio; por esto el tratamiento deberá contar con otros mecanismos de apoyo al tener
               una connotación económica.

               Distinta es la situación, del  delito de terrorismo  que en los años 90’ tenía una
               población penitenciaria bastante considerable y que en la actualidad tiene una POPE
               de 1.2 %.

               Otro de los datos puntuales y sobresalientes, es que han empezado a surgir delitos que
               en décadas pasadas no tenían mayor frecuencia en la POPE, pero que ha surgido con
               cierto protagonismo y paulatino crecimiento, ha estos tenemos al delito de omisión de
               asistencia familiar (1 %), el delito de extorsión (0.9 %) y el delito de parricidio (0.8 %).

               Estos datos han sido obtenidos, afinando la forma de ingreso de la información en los
               establecimientos  penitenciarios  con respecto al tipo  penal (delito) con que el Juez
               ordena la detención del interno.









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