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INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO                                 INFORME ESTADÍSTICO
                          UNIDAD DE ESTADÍSTICA                                            JUNIO–2016




               comportamiento procesal y la personalidad del agente, permita inferir al juez que aquel no volverá a
               cometer un nuevo delito, 3.- Que el agente no tenga la condición de reincidente o habitual.

                      El sentenciado a Suspensión de la ejecución de la pena, está obligado a seguir un tratamiento o
               programas  laborales  o  educativos,  organizados  por  la  autoridad  de  ejecución  penal  o  institución
               competente, como regla de conducta (Art. 58 inc. 7 de la Ley Nº 30076 que modifica el Código Penal), en
               un periodo de tiempo (de uno a tres años) determinado por el órgano jurisdiccional.

                      11.1.4.- Reserva del Fallo Condenatorio

                      El juez puede disponer la reserva del fallo condenatorio siempre que el sentenciado reúna las
               siguientes requisitos: 1.- Cuando el delito está sancionado con pena privativa de libertad no mayor de
               tres años o con multa, 2.- Cuando la pena a imponerse no supere las noventa jornadas de PSC ó LDL, 3.-
               Cuando la pena a imponerse no supere los dos años de inhabilitación.

                      El  sentenciado  a  Reserva  del  fallo  condenatorio  debe  cumplir  un  tratamiento  o  programas
               laborales o educativos organizado por la autoridad de ejecución penal o institución competente (Art. 64
               inc. 7 de la Ley Nº 30076 que modifica el Código Penal), el cumplimiento de la regla de conducta se
               efectuara en un periodo de tiempo (de uno a tres años) determinado por la autoridad competente.

               11.2.-   Situación actual de los sentenciados a Penas Limitativas de Derechos

                      El Instituto Nacional Penitenciario a través de la Dirección de Medio Libre reportó en el presente
               mes a 7,892 personas sentenciadas a penas de prestación de servicios a la comunidad a  nivel nacional. A
               nivel regional INPE el mayor grupo de sentenciados se localizó en la Oficina Regional Lima (60%), seguida
               por la Oficina Regional Norte (15%).


                                     POBLACIÓN DE MEDIO LIBRE SENTENCIADOS A PENAS
                                        LIMITATIVAS DE DERECHOS A NIVEL NACIONAL






























               Fuente: Unidades de Medio Libre
               Elaboración: INPE/Unidad de Estadística


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