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INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO INFORME ESTADÍSTICO
UNIDAD DE ESTADÍSTICA MARZO – 2018
CAPITULO IV
POBLACIÓN PENITENCIARIA SEGÚN DELITOS ESPECÍFICOS
4.1.- Delitos Específicos de Mayor Frecuencia
El gráfico siguiente cuenta con un muestreo de los delitos en donde se encuentra la mayor
concentración de los privados de libertad. Puede apreciarse que el delito de robo agravado (Artículo
189º, Código Penal) tiene la mayor frecuencia y le sigue el delito de violación sexual de menor de edad.
Con mucha preocupación se observa que el 4.7% de la POPE se encuentra inmersa en el delito de
violación sexual tipo básico (Artículo 173º, Código Penal) que sumado al 9.6% por el delito de violación
sexual de menor de edad (Artículo 173º, Código Penal), al 1.7% del delito de actos contra el pudor
(Artículo 176º, Código Penal) y al 2.2% del delito de actos contra el pudor contra menores de edad
(Artículo 176º-A, Código Penal), nos invita a reflexionar sobre cifras alarmantes y pensar que la población
penitenciaria se inclina por la comisión de delitos en donde premia la vulneración y menoscabo de los
derechos de grupos vulnerables de la sociedad (menores de edad y mujeres), por lo que se hace
necesario realizar una política conjunta de tratamiento a estos tipos de agresores.
Igual inquietud, surge en los delitos relacionados con el tráfico ilícito de drogas, que se aprecian
cuando sumamos la POPE de 8.7% por el delito de tráfico ilícito de drogas en el tipo básico (Artículo
296º, Código Penal), con la POPE de 4.3% en el tipo TID agravado (Artículo 297º, Código Penal), la POPE
de 1.6% por el delito de microcomercialización o microproducción de drogas (Artículo 298º, Código
Penal) y la POPE de 4.9% del delito de promoción o favorecimiento al TID; estas tipologías ante su mayor
avance pueden provocar problemas estructurales en la sociedad, al igual que el aumento del consumo
de drogas. Para tal efecto, se utiliza a los consumidores como transportadores de la carga ilícita por las
organizaciones criminales, comúnmente denominados “burriers” cuando estos son ciudadanos
extranjeros, y se han tornado como los principales candidatos para su ilícito negocio. Por lo que el
tratamiento penitenciario, deberá diseñar otros mecanismos de apoyo, al ser un delito que tiene un
origen de connotación económica.
Otro dato puntual y sobresaliente, es que han surgido delitos que en décadas pasadas no tenían
mayor frecuencia en la POPE, pero que han aparecido con cierto protagonismo y paulatino crecimiento.
Entre estos tenemos al delito de incumplimiento de obligación alimentaria (2.9%), el delito de extorsión
(1.5%).
Estos datos han sido obtenidos al afinar la forma de ingreso de la información en los
establecimientos penitenciarios con respecto al tipo penal (delito) con que el juez ordena la detención
del interno.
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