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INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO                                 INFORME ESTADÍSTICO
                          UNIDAD DE ESTADÍSTICA                                           MARZO – 2018



                                                                                                  9
                      El siguiente cuadro muestra otros delitos que no acceden a beneficios penitenciarios  y tienen, al
               mes de marzo una población penitenciaria total de 12,487 internos.

                                  POBLACIÓN PENAL SIN ACCESO A BENEFICIO PENITENCIARIO
                                           POR SITUACIÓN JURÍDICA SEGÚN DELITO
                                                       (Marzo-2018)


                                       DELITO                          Total General  PROCESADO  SENTENCIADO

                                      Total General                      12,487        4,401        8,086

                 TORTURA                                                   3            2             1                                                                                                                                                                               TRATA DE PERSONAS       258      173       85
                                                                                                                        11                                TORTURA SIMPLE Y CUALIFICADA                                     2         1       0        3                                                                                                                                                                20-24  25-29   30-34  35-39  40-44  45-49   50-54  55-59  60 a mas  T
                 DESAPARICION FORZADA                                      6            0             6
                 TERRORISMO - LEY 25475                                    317          80           237
                 TRATA DE PERSONAS AGRAVADA                                26           9            17
                 VIOLACION SEXUAL DE MENOR DE EDAD                        8,305        2,968        5,337
                 VIOLACION SEXUAL DE MENOR DE EDAD SEGUIDA DE MUERTE O LESION GRAVE   26  12         14
                 COMERCIALIZACION Y CULTIVO DE AMAPOLA Y MARIHUANA Y SU SIEMBRA   62    33           29
                 COMPULSIVA
                 TRAFICO ILICITO DE DROGAS - FORMAS AGRAVADAS             3,742        1,297        2,445

               Fuente: Unidades de Registro Penitenciario
               Elaboración: INPE/Unidad de Estadística

               A pesar de lo anteriormente expresado, resulta necesario precisar que el Acuerdo Plenario N°2-2015/CIJ-
               116 de la Corte Suprema de Justicia de la República (publicado el 21 de junio de 2016 en el Diario Oficial
               “El Peruano”) establece, en su considerando 19, que los solicitantes de beneficios penitenciarios a los
               que se les haya negado el acceso por la vigencia de las Leyes número 30054, 30068, 30076, 30077 y
               30362, tienen expedito su derecho de volver a pedirlos. Esto no quiere decir que tengan el derecho a que
               su solicitud sea declarada procedente por el Poder Judicial, pues existe un margen de discrecionalidad
               relativamente  amplio  a  favor  del  juzgador;  en  cambio,  sí  poseen  el  derecho  a  que  su  petición  sea
               procesada por la administración penitenciaria y evaluada por el órgano jurisdiccional.

               4.3.- Delitos específicos según Rango de Edad

                      El siguiente cuadro muestra a la POPE agrupada por rango de edad según los delitos específicos
               más representativos. Se observa que el delito de robo agravado está concentrado en su mayoría entre
               internos de 20 a 39 años. El delito de  tráfico ilícito de drogas está concentrado entre internos cuyas
               edades fluctúan entre 25 a 39 años de edad y los internos por delito de violación sexual se agrupan en su
               mayoría entre los que tienen 25 a 49 años de edad.

                      Del mismo modo, se puede analizar por cada uno de los delitos de manera que se sirva para
               adoptar políticas de tratamiento adecuados y direccionados de acuerdo a la tipología de cada persona
               que será tratada.


               9  La legislación penal peruana tiene otros delitos sin beneficios penitenciarios: El delito de Tortura cometida por participación de
                profesionales  de  la  salud  (Art.  322º,  Código  Penal),  el  delito  de  Discriminación  (Art.  323º,  Código  Penal),  el  delito  de
                Terrorismo (Decretos Legislativos Nº 927 y Nº 985, Ley Nº 29423) y el delito de Lavado de Activos -Forma Agravada- (Último
                párrafo de la Ley Nº 27765); los cuales no se incluyen en cuadro, al no contar con población penitenciaria que hayan cometido
                dichos delitos. Aun así, durante el transcurso de los meses se ajustara la información para realizar nuevas búsquedas.
                Asimismo,  la  Ley  Nº  29604  sobre  Reincidencia  y  Habitualidad  señala  en  otros  tipos  penales  no  tendrían  beneficios
                penitenciarios  si  se  cometió  en  reiteradas  oportunidades,  pero  que  la  información  todavía  se  encuentra  elaborando  para
                próximos informes.

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