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Documento Prospectivo al 2030 del Sector Justicia y Derechos Humanos


                               humana y el respeto por la diversidad cultural y religiosa. Además, de gestionar el apoyo
                               logístico correspondiente para la participación activa de los familiares durante todo el
                               proceso de búsqueda y lograr una restitución digna de los restos humanos encontrados.


                 S. Ccirl  F'5, .4
                               Ejercicio del derecho a la protección de datos personales.

                               El dato personal es aquella información que permite identificar a una persona. El nombre,
                   ale itwaiicja
                               los apellidos, la fecha de nacimiento, la dirección del domicilio, la dirección de correo
                   GENERAL DE
                ORSCRIEDADE    electrónico, el número de teléfono, el número de DNI, el número de la placa del vehículo,
                DESAPARECIDAS   la huella digital, el ADN, una imagen, etc. son datos que identifican a una persona, ya sea
                S. CORI A.
                               directa o indirectamente. Asimismo, hay datos personales, denominados datos sensibles,
                               cuya especial naturaleza los hace susceptibles de ser utilizados con fines discriminatorios,
                               o afectan a lo más recóndito de la intimidad (origen racial, opiniones políticas,
                               convicciones religiosas o morales, así como los datos de salud o los referidos a la vida
                               sexual).


                               La protección de datos personales es el derecho que toda persona tiene a controlar la
               S. Cori A.      información personal que comparte con terceros, así como el derecho a que ésta se utilice
                               de forma apropiada, es decir, de forma que no la perjudique, así lo dispone el numeral 6
                               del artículo 2 de la Constitución Política del Perú. El derecho a la protección de datos
                               alcanza a cualquier tipo de dato personal, sea o no íntimo, cuyo conocimiento o empleo
              MInisteri
              X Derech         por terceros pueda afectar a los derechos de su titular, sean o no fundamentales, porque
              Ti4RECIJO
              j DEFENSA PUBLICA Y   su objeto no es sólo la intimidad personal, que para ello está la protección que el numeral
              ACCESO A LA JUSTICIA                                                                              MI
                               7 del artículo 2 de la Constitución Política del Perú otorga, sino los datos personales. Por
     — 	. Yshii M.
                               consiguiente, también alcanza a aquellos datos personales públicos, que, por el hecho de
                                                                                                            1 7.7 P
                                                                                                                 er:onnd
                                                                                                                    ie  e ales
                               ser accesibles al conocimiento de cualquiera, no escapan al poder de disposición del
                               titular del dato porque así lo garantiza su derecho a la protección de datos. La protección
                                                                                                           M GONZALEZ L
                                                                                                             .
                               de datos comienza a proyectarse en América Latina a finales de los años 80 y no se
                               consolida hasta la primera década del presente siglo. Los primeros avances en este
                               terreno se producen en torno a una institución que es típica, y casi exclusiva, de los
                               ordenamientos iberoamericanos: el "habeas data".
                  García Ch.
                               La Autoridad Nacional de Protección de Datos Personales (APDP) del Ministerio de Justicia   DE Pj.,
                               y Derechos Humanos es la encargada de velar por la protección de datos de los   M. .AVI
                               ciudadanos. Tiene como funciones, por un lado, asegurar y facilitar el cumplimiento de la
                               legislación vinculada con la protección de datos y, por otro, promover entre los
                  Minis  ,11
                  y De e   sticia
                         anos   ciudadanos el conocimiento de sus derechos en relación con el tratamiento de sus datos
                         RAL
                               personales y apoyarlos en su ejercicio. Desde el año 2014 se ha recibido un aproximado
                LM .   0 ."R 'd N"IZACTINY                                                                         DE
                               de 80 tutelas de derechos y 40 denuncias de ciudadanos por el tratamiento inadecuado   .G. o
                  MONIToyA
                          M.   de sus datos personales.
                                                                                                                  Ele
                               La poca cantidad de casos impide hacer un análisis territorial o Sectorial, que permita
                               identificar en qué regiones existe un mayor ejercicio del derecho o identificar en qué
               T-7             Sectores económicos o sociales existe una mayor vulnerabilidad de la protección de datos
                 Ministeno 5$ Jus   personales. Sin embargo, se ha venido avanzando en el rol supervisor del Estado para
                 y Den9ChOs
                               reducir el riesgo de un inadecuado tratamiento de los datos personales por parte de las
                    06 HurnarIC   entidades o instituciones que realizan el tratamiento de los datos personales. Desde el
                  R. Rodríguez S   año 2013 se han inscrito en el Registro Nacional de Datos Personales (RNPDP) un
                               aproximado de 14000 bancos de datos (cada entidad pública o privada, cuenta como
                               mínimo con tres bancos de datos personales). Inscribir el banco de datos personales es el
                               primer paso en el cumplimiento de la normativa. Asimismo, desde setiembre de 2014, en



                             terio de Justicia y Derec                                    Página 28 de 127
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