Page 23 - Informe Estadistico
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INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO INFORME ESTADÍSTICO
UNIDAD DE ESTADÍSTICA AGOSTO - 2012
por tanto, debe entenderse que la interpretación de las condiciones de encierro de las mujeres
se realiza por medio de la legislación nacional, la jurisprudencia y como marco preceptivo, las
Reglas de Bangkok y las Reglas Mínimas. Dado que ambas Reglas poseen la naturaleza de
norma-principio (al igual que la resocialización), su objetivo radica en alcanzar un marco ideal
que garantice la plena vigencia de la dignidad de las personas privadas de libertad; esto supone
el esfuerzo continuo de la administración penitenciaria en tratar de seguir tales Reglas, sin que
ello esté exento de dificultades e inclusive errores.
Entre los principales aspectos abordados por las Reglas de Bangkok tenemos:
1. Salud en general y reproductiva.- provisión de implementos para limpieza íntima (toallas
higiénicas), exámenes de salud mental, orientación profesional acerca del VIH (y
tratamiento), individualización del tratamiento de salud mental.
2. Inspección de las condiciones de reclusión.- deben figurar mujeres en las comitivas de
supervisión que realicen las autoridades.
3. Personal penitenciario.- los servidores serán capacitados en materia de derechos humanos
y en comprender las necesidades particulares de las internas, así como de sus hijos.
Asimismo, se incluirán cursos sobre género, no discriminación y sensibilización acerca del
VIH.
4. Grupos de protección especial.- el régimen penitenciario será flexible con las embarazadas,
madres lactantes y madres con hijos. Los niños no pueden ser tratados como reclusos.
Observaciones Preliminares
(…)
3. Las presentes reglas no sustituyen en modo alguno las Reglas mínimas para el tratamiento de los reclusos ni las
Reglas de Tokio y, por ello, seguirán aplicándose a todos los reclusos y delincuentes, sin discriminación, todas las
disposiciones pertinentes contenidas en esos dos instrumentos. Mientras que algunas de las presentes reglas
aclaran las disposiciones existentes de las Reglas mínimas para el tratamiento de los reclusos y las Reglas de
Tokio en su aplicación a las reclusas y delincuentes, otras abarcan aspectos nuevos.
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