Page 29 - Informe Estadistico
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INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO                                      INFORME ESTADÍSTICO
                     UNIDAD DE ESTADÍSTICA                                               AGOSTO - 2012




                                                       CAPITULO IV

                             POBLACIÓN PENITENCIARIA SEGÚN DELITOS ESPECIFICOS

               4.1.   Delitos específicos de mayor frecuencia

                      El  gráfico  siguiente  cuenta  con  un  muestreo  de  los  delitos  en  donde  se  encuentra  la
               mayor  concentración  de  los  privados  de  libertad.  Puede  apreciarse  que  el  delito  de  robo
               agravado (Artículo 189º, Código Penal) tiene la mayor frecuencia y representa el 27.8% del total
               de la población penal y le sigue el delito de tráfico ilícito de drogas en el tipo básico (Artículo
               296º, Código Penal) con un 14.8%.

                      Con mucha preocupación se observa que el 8.5% de la POPE se encuentra incursa en
               el delito de violación sexual tipo básico (Artículo 173º, Código Penal) que sumado al 8% por el
               delito de violación sexual de menor de edad (Artículo 173º, Código Penal), al 1.3% del delito de
               actos contra el pudor (Artículo 176º, Código Penal) y al 1.2% del delito de actos contra el pudor
               contra menores de edad (Artículo 176º-A, Código Penal), nos invita a reflexionar sobre cifras
               escalofriantes y pensar que la población penitenciaria se inclina por la comisión de delitos en
               donde  premia  la  vulneración  y  menoscabo  de  los  derechos  de  grupos  vulnerables  de  la
               sociedad  (menores  de  edad  y  mujeres),  por  lo  que  se  hace  necesario  realizar  una  política
               conjunta de tratamiento a estos tipos de agresores.

                      Igual  inquietud,  surge  en  el  delito  de  tráfico  ilícito  de  drogas,  que  se  aprecia  cuando
               sumamos la POPE de 6,2% en el tipo TID agravado (Artículo 297º, Código Penal), la POPE de
               2.2%  por  el  delito  de  micro  comercialización  o  micro  producción  de  drogas  (Artículo  298º,
               Código  Penal)  y  la  POPE  de  2.2%  del  delito  de  promoción  o  favorecimiento  al  TID;  estas
               tipologías ante su mayor avance pueden provocar problemas estructurales en la sociedad, al
               igual  que  el  aumento  del  consumo  de  drogas.  Para  tal  efecto,  se  utiliza  a  los  consumidores
               como  transportadores  de  la  carga  ilícita  por  las  organizaciones  criminales,  comúnmente
               denominados  “burriers”  cuando  estos  son  ciudadanos  extranjeros,  y  se  han  tornado  en  los
               principales  candidatos  para  su  ilícito  negocio.  Por  tanto,  el  tratamiento  penitenciario  deberá
               diseñar  otros  mecanismos  de  apoyo,  al  ser  un  delito  que  tiene  un  origen  de  connotación
               económica.

                      Distinta es la situación del delito de terrorismo, que en los años 90’ tenía una población
               penitenciaria bastante considerable y que en la actualidad tiene una POPE de solo 1.1%.

                      Otro dato puntual y sobresaliente, es que han surgido delitos que en décadas pasadas
               no  tenían  mayor  frecuencia  en  la  POPE,  pero  que  han  aparecido  con  cierto  protagonismo  y
               paulatino crecimiento. Entre estos tenemos al delito de omisión de asistencia familiar (1.1%), el
               delito de extorsión (1%) y el delito de parricidio (0.7%).

                      Estos datos han sido obtenidos al afinar la forma de ingreso de la información en los
               establecimientos  penitenciarios  con  respecto  al  tipo  penal  (delito)  con  que  el  Juez  ordena  la
               detención del interno.
















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