Page 20 - Informe Estadistico
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INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO                             INFORME ESTADÍSTICO
                              UNIDAD DE ESTADÍSTICA                                       AGOSTO–2014




                                            POBLACIÓN PENAL SEGÚN RANGO DE EDAD

                                           18.8%
                    14000
                                                   17.6%

                    12000
                                  14.6%                    14.7%

                    10000
                                                                   11.2%
                     8000
                                                                           8.6%
                                          13,338
                                                  12,496
                     6000
                                  10,402                  10,425                   5.8%
                     4000                                         7,976
                                                                                           3.5%
                                                                           6,141                   3.4%
                     2000  1.8%                                                    4,110
                                                                                          2,429    2,438
                           1,266
                       0
                           18 - 19  20 - 24  25 - 29  30 - 34  35 - 39  40 - 44  45 - 49  50 - 54  55 - 59  60 - más

                   Fuente: Unidades de Registro Penitenciario
                   Elaboración: INPE/Unidad de Estadística

                   2.3.- Mujeres privadas de libertad e Hijos en los Establecimientos Penitenciarios

                          El artículo IX del Título Preliminar del Código de Ejecución Penal y el artículo 8º de su Reglamento
                   establecen que la interna gestante o madre y sus hijos menores que conviven con ella gozan de amplia
                   protección por el sistema penitenciario. Es por eso que surge la necesidad de contar con información
                   certera y actualizada de estos grupos vulnerables. El artículo 12º del Reglamento del Código de Ejecución
                   Penal señala que las mujeres privadas de libertad tienen derecho a permanecer en el establecimiento
                   penitenciario con sus hijos hasta que estos cumplan tres años de edad.

                          En muchos casos las mujeres detenidas y privadas de libertad son madres de niños menores de
                   tres años que solicitan el ingreso de los mismos para su cuidado, por lo que  el INPE debe brindarles
                   albergue, alimentación, educación y otros servicios en cumplimiento de la normatividad establecida.En
                   otros casos son recluidas  cuando se encuentran en gestación y al nacer sus hijos forman parte de la
                   población de niños a cargo del sistema penitenciario. Por último, se da el caso de las mujeres recluidas
                   que se embarazan al recibir su visita conyugal.

                          Al  mes  de  agosto,  el  INPE  tiene  a  su  cargo  a  197  niños:  98  varones  y  99  mujeres,  la  mayor
                   concentración se encuentra entre las edades de 1 a 2 años. La cantidad más grande se encuentra en los
                   establecimientos penitenciarios de mujeres de Chorrillos, Anexo de Chorrillos, Ica, Arequipa y Lampa.

                          Es necesario señalar la particularidad del binomio mujer/hijo. Al respecto, hay disposiciones en la
                                                                            5
                   ley que protegen tanto a la familia como a los menores de edad , sin dejar de mencionar que es de


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                    Constitución Política del Perú
                      Artículo  4°.- La  comunidad  y  el  Estado  protegen  especialmente  al  niño,  al  adolescente,  a  la  madre  y  al  anciano  en  situación  de
                      abandono.  También  protegen  a  la  familia  y  promueven  el  matrimonio.  Reconocen  a  estos  últimos  como  institutos  naturales  y
                      fundamentales de la sociedad.

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