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Documento Prospectivo 012030 del Sector Justicia y Derechos Humanos
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Se espera que para el año 2030, la mayoría de la población afectada por el proceso de
violencia ocurrida durante el período de mayo de 1980 a noviembre de 2000, en el que
se vulneraron los derechos humanos, logre una adecuada atención en los programas
individuales en salud, educación, acceso a la vivienda, restitución de derechos
ciudadanos, reparaciones económicas y reparaciones colectivas, que son sus principales
demandas, por la naturaleza y la gravedad de los hechos que los afectaron. Por otro lado,
se han logrado procesos de búsqueda eficientes e idóneos, con participación activa de los
familiares y la comunidad, a quienes se les ha brindado asistencia psicosocial, permitiendo
identificar a las personas desaparecidas, garantizando el respeto a la dignidad humana así
como a la diversidad religiosa y cultural de nuestro país.
La atención a las víctimas afirma la paz y la concordia entre los peruanos y propende a la
reconciliación nacional, contribuyendo a desarrollar una sociedad pacífica, libre de temor
y violencia, sin discriminación y con igualdad de oportunidades.
de Justicia
Humanos
GENERAL DE Si bien es cierto, la cantidad de nuevas inscripciones al Registro Único de Víctimas viene
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NAS disminuyendo (en el año 2014 se tuvo 15,511 inscritos, en el año 2015 se tuvo 11,496 y
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el año 2016 a 6,369) y las reparaciones económicas se han entregado en un 89%; todavía
S. CORI A.
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queda una brecha importante para el otorgamiento de otros tipos de beneficios no
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económicos. De la misma manera, a nivel de reparaciones colectivas, solo ha sido posible
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atender al 41% de las poblaciones afectadas. Respecto del otorgamiento de beneficios .i iditr
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servidores y funcionarios del sector público que hayan sido víctimas de accidentes u de
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C"AL1F VÍCTIMAS atentados derivados de actos terroristas" o provenientes del narcotráfico en acción oi
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RORIMODNARCRIiiir' comisión de servicios, se espera una célere actuación de los Consejos Regionales de
Calificación, que a julio del 2017 se han constituidos 22. G • NZALEZ L.
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Ejercicio del derecho a la protección de datos personales
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MirdS da tlsfiCja Se espera que, en el 2030, los ciudadanos se encuentren informados, educados y
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sensibilizados sobre el derecho a la protección de datos personales, que les permita
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13YENSA PÚBLICA y conocer cuáles son sus derechos en materia de protección de datos, qué pueden hacer
ACCESO P. LA JUSTrIA
para protegerlos y cómo exigirlos en caso fuera necesario, siendo conscientes del impacto
que el avance de las tecnologías de la información y comunicación y el aumento del uso
del internet puedan tener en su vida privada. La perspectiva abarca a que las entidades
públicas y privadas conozcan la normativa para aplicar mecanismos acordes que les
permita realizar un tratamiento de datos que respete el derecho fundamental a la
protección de datos personales.
Garantizar a los ciudadanos el ejercicio del derecho a la protección de sus datos permitirá
construir una sociedad protegida en sus libertades fundamentales.
Desde el año 2013, se han recibido 80 tutelas de derecho y 40 denuncias. Para el caso de
tutelas de derecho, en el año 2016 se tuvo un incremento del 90%, respecto al año 2015.
49 lespecto a la definición del terrorismo, el Grupo de Alto Nivel para Acciones de las Naciones Unidas contra el terrorismo, ha señalado que la capacidad de las
eones Unidas para elaborar una estrategia amplia se ha visto limitada por el hecho de que los Estados Miembros no han podido aprobar un convenio sobre el
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terrorismo que incluya una definición del terrorismo. [Por tanto], la aprobación de una convención amplia sobre el terrorismo, con una definición clara, constituye
una necesidad política imperiosa. [Sin embargo, refiere que se debe considerar], la siguiente descripción del terrorismo: «Cualquier acto, además de los actos ya
especificados en los convenios y convenciones vigentes sobre determinados aspectos del terrorismo, los Convenios de Ginebra y la resolución 1566 (2004) del
'D,IRECCION Cornejo de Seguridad, destinado a causar la muerte o lesiones corporales graves a un civil o a un no combatiente, cuando el propósito de dicho acto, por su
• GENE AL DE nati rareza o contexto, sea intimidar a una población u obligar a un gobierno o a una organización internacional a realizar un acto o a abstenerse de hacerlo». En:
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