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INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO                                INFORME ESTADÍSTICO
                           UNIDAD DE ESTADÍSTICA                                        OCTUBRE – 2017



                                                                                                  9
                      El siguiente cuadro muestra otros delitos que no acceden a beneficios penitenciarios  y tienen, al
               mes de octubre una población penitenciaria total de 12,309 internos.

                                  POBLACIÓN PENAL SIN ACCESO A BENEFICIO PENITENCIARIO
                                           POR SITUACIÓN JURÍDICA SEGÚN DELITO
                                                       (Octubre-2017)


                                       DELITO                          Total General  PROCESADO  SENTENCIADO

                                      Total General                      12,309        4,581        7,728

                 TORTURA                                                   3             2            1                                                                                                                                                                              TRATA DE PERSONAS      258      173        85
                                                                                                                        11                                TORTURA SIMPLE Y CUALIFICADA                                       2        1              3                                                                                                                                                                20-24  25-29  30-34   35-39  40-44  45-49   50-54  55-59  60 a mas  To
                 DESAPARICION FORZADA                                      6             0            6
                 TERRORISMO - LEY 25475                                    347          109          238
                 TRATA DE PERSONAS AGRAVADA                                26           13           13
                 VIOLACION SEXUAL DE MENOR DE EDAD                        8,030        3,060        4,970
                 VIOLACION SEXUAL DE MENOR DE EDAD SEGUIDA DE MUERTE O LESION GRAVE   18  6          12
                 COMERCIALIZACION Y CULTIVO DE AMAPOLA Y MARIHUANA Y SUS SIEMBRA COMPULSIVA   64  34  30
                 TRAFICO ILICITO DE DROGAS - FORMAS AGRAVADAS             3,815        1,357        2,458

               Fuente: Unidades de Registro Penitenciario
               Elaboración: INPE/Unidad de Estadística

               A pesar de lo anteriormente expresado, resulta necesario precisar que el Acuerdo Plenario N°2-2015/CIJ-
               116 de la Corte Suprema de Justicia de la República (publicado el 21 de junio de 2016 en el Diario Oficial
               “El Peruano”) establece, en su considerando 19, que los solicitantes de beneficios penitenciarios a los que
               se les haya negado el acceso por la vigencia de las Leyes número 30054, 30068, 30076, 30077 y 30362,
               tienen expedito su derecho de volver a pedirlos. Esto no quiere decir que tengan el derecho a que su
               solicitud  sea  declarada  procedente  por  el  Poder  Judicial,  pues  existe  un  margen  de  discrecionalidad
               relativamente amplio a favor del juzgador; en cambio, sí poseen el derecho a que su petición sea procesada
               por la administración penitenciaria y evaluada por el órgano jurisdiccional.

               4.3.- Delitos específicos según Rango de Edad

                      El siguiente cuadro muestra a la POPE agrupada por rango de edad según los delitos específicos
               más representativos. Se observa que el delito de robo agravado está concentrado en su mayoría entre
               internos de 20 a 39 años. El delito de tráfico ilícito de drogas está concentrado entre internos cuyas edades
               fluctúan entre 25 a 39 años de edad y los internos por delito de violación sexual se agrupan en su mayoría
               entre los que tienen 25 a 49 años de edad.

                      Del mismo modo, se puede analizar por cada uno de los delitos de manera que se sirva para
               adoptar políticas de tratamiento adecuados y direccionados de acuerdo a la tipología de cada persona que
               será tratada.




               9  La legislación penal peruana tiene otros delitos sin beneficios penitenciarios: El delito de Tortura cometida por participación de
                profesionales de la salud (Art. 322º, Código Penal), el delito de Discriminación (Art. 323º, Código Penal), el delito de Terrorismo
                (Decretos Legislativos Nº 927 y Nº 985, Ley Nº 29423) y el delito de Lavado de Activos -Forma Agravada- (Último párrafo de la
                Ley Nº 27765); los cuales no se incluyen en cuadro, al no contar con población penitenciaria que hayan cometido dichos delitos.
                Aun así, durante el transcurso de los meses se ajustara la información para realizar nuevas búsquedas.
                Asimismo, la Ley Nº 29604 sobre Reincidencia y Habitualidad señala en otros tipos penales no tendrían beneficios penitenciarios
                si se cometió en reiteradas oportunidades, pero que la información todavía se encuentra elaborando para próximos informes.

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