Page 25 - Informe Estadistico
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INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO INFORME ESTADÍSTICO
UNIDAD DE ESTADÍSTICA ABRIL – 2012
3.2.- Situación jurídica y ubicación de la población penitenciaria
La variable de situación jurídica de la POPE ha sido determinado por cada establecimiento
penitenciario a nivel nacional, por lo que se conoce con exactitud el porcentaje de procesados y
sentenciados. Estos datos pueden determinar interesantes aportes con respecto a la aplicación
del nuevo Código Procesal Penal de 2004, que tiene entre sus principales objetivos reducir la
diferencia numérica entre sentenciados y procesados.
Si se compara los distritos judiciales de Lima y Callao con los distritos judiciales que aplican el
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nuevo Código Procesal Penal (CPP), se encontrará que en estos últimos la brecha entre
procesados y sentenciados es cada vez menor, incluso en algunos casos el rubro de sentenciados
superan al de procesados.
El caso más emblemático es el departamento de Piura, donde el nuevo CPP se aplica desde abril
de 2009, en la actualidad se tiene 1,037 procesados y 1,135 sentenciados. Igualmente en el
departamento de La Libertad que implementó la nueva normatividad procesal penal en abril del
2007, se obtiene para este mes, 1,179 sentenciados y 1,261 procesados, notándose una pequeña
brecha entre ellas.
Distinta es la situación de Lima y Callao, donde recién se aplicará el Código Procesal Penal el año
2013. En Lima se tiene 15,863 procesados y 7,084 sentenciados y en el Callao 1,772 procesados
y 846 sentenciados.
El siguiente cuadro brinda información para la adopción de lineamientos en el área de
Tratamiento Penitenciario, en especial al área de asistencia legal, con el objetivo de direccionar
su labor hacia la población de procesados, con el fin de apoyar en la realización de gestiones que
conlleven a la culminación de sus procesos para obtener la condición de sentenciado y acogerse a
los beneficios que este nuevo status jurídico pueda brindarle. Asimismo, se muestra información
por cada establecimiento penitenciario de manera que se pueda adoptar medidas desde la
dirección del penal como iniciativa de trabajo basado en datos objetivos.
7 Las últimas implementaciones del nuevo Código Procesal Penal del 2004 serán: 01/Junio/2012 (Ancash, Santa, Pasco y
Huánuco); 01/Octubre/2012 (Ucayali y Loreto); 01/Abril/2013 (Apurímac y Huancavelica); 01/Julio/2013 (Ayacucho y
Junín); y 01/Diciembre/2013 (Callao, Lima Norte, Lima Sur y Lima).
EN: http://www.minjus.gob.pe/cpp/difusion
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