Page 28 - Informe Estadistico
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INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO                                   INFORME ESTADÍSTICO
                      UNIDAD DE ESTADÍSTICA                                             ABRIL – 2012



                                                      CAPITULO IV

                             POBLACIÓN PENITENCIARIA SEGÚN DELITOS ESPECIFICOS

               4.1.-  Delitos específicos de mayor frecuencia

               El siguiente gráfico presenta un muestreo de los delitos por los cuales se producen los mayores
               volúmenes de ingresos a los establecimientos penitenciarios. Puede apreciarse que el delito de
               Robo Agravado (Artículo 189º, Código Penal) tiene la mayor frecuencia y representa el 28.1% del
               total de la población penal seguido por el delito de Tráfico Ilícito de Drogas en el tipo básico
               (Artículo 296º, Código Penal) con un 15.5%.

               Con  preocupación  se  observa  que  el  9.1%  de  la  POPE  se  encuentra  incursa  en  el  delito  de
               violación sexual tipo básico (Artículo 173º, Código Penal) lo que sumado al 7.9% por el delito de
               Violación Sexual de Menor de Edad (Artículo 173º, Código Penal), así como también un 1.2% por
               el delito de Actos Contra el Pudor (Artículo 176º, Código Penal) y por último, más un  1% por el
               delito de Actos contra el pudor Contra Menores de edad (Artículo 176º-A, Código Penal), nos
               invitar  a  reflexionar  sobre  lo  alarmante  de  estas  cifras  y  observando  claramente  que  la
               población  penitenciaria  se  inclina  a  la  comisión  de  delitos  en  donde  prima  la  vulneración  y
               menoscabo  de  los  derechos  de  grupos  sociales  en  condiciones  de  vulnerabilidad  (menores  de
               edad y mujeres), por lo que se hace necesario implementar una política conjunta de tratamiento
               a estos tipos de agresores.

               Igual inquietud surge en el delito de tráfico ilícito de drogas, que se aprecia cuando sumamos a
               la POPE de 6,4% en el tipo TID agravado (Artículo 297º, Código Penal), la POPE de 1.9% por el
               delito de micro comercialización o micro producción de drogas (Artículo 298º, Código Penal) y la
               POPE de 1.5 % del delito de promoción o favorecimiento al TID (Art. 296º CP); estas tipologías
               ante su mayor avance pueden provocar problemas estructurales en la sociedad, al igual que el
               aumento  del  consumo  de  drogas.  Para  tal  efecto,  se  utiliza  a  los  consumidores  como
               transportadores de la carga ilícita por las organizaciones criminales, comúnmente denominados
               “burriers” cuando estos son ciudadanos extranjeros, y que se han tornado como los principales
               candidatos para su ilícito negocio. Por ende, el tratamiento penitenciario deberá diseñar otros
               mecanismos de apoyo, al ser un delito que tiene un origen de connotación económica.

               Distinta  es  la  situación  del  delito  de  terrorismo,  que  en  los  años  90’  tenía  una  población
               penitenciaria bastante considerable y que en la actualidad tiene una POPE de  solo 1.1%. Otro
               dato puntual y sobresaliente, es que han surgido delitos que en décadas pasadas no tenían mayor
               frecuencia en la POPE, pero que han aparecido con cierto protagonismo y paulatino crecimiento.
               Entre estos tenemos los delitos de omisión de asistencia familiar (1%), extorsión (1%) y el delito
               de parricidio (0.7%).

               Estos datos han sido obtenidos al afinar la forma de registro cuando los internos ingresan a los
               establecimientos penitenciarios y estandarizar la variable del tipo penal (delito) con que el Juez
               ordena la detención del interno.






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